domingo, 21 de septiembre de 2008

Artículo: Aclaraciones sobre la protección arqueológica del solar de la plaza Santo Domingo

Colgamos a continuación el artículo que he publicado en el número 302 de la Revista ESLA (agosto de 2008). Lamentablemente hoy no estamos tan seguros, en comparación con el día en que redactamos el texto, sobre la efectividad de nuestra denuncia, puesto que no disponemos de información alguna ni vemos en el solar desarrollo alguno de excavaciones arqueológicas.
El artículo dice lo que sigue:

El nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valencia de Don Juan, la normativa que regula todo lo relacionado con el urbanismo de nuestro municipio, fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 6 de noviembre de 2006, y ratificado (aprobación definitiva) por la Comisión Territorial de Urbanismo de la Junta de Castilla y León el 16 de mayo de 2007, siendo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de León número 137 del 17 julio 2007.
Desde entonces, en el término municipal de Valencia de Don Juan constan como protegidos oficialmente 26 yacimientos arqueológicos (23 en Valencia de Don Juan y 3 en Cabañas). Por ello, cualquier constructor que desee intervenir en un solar integrado en uno de estos yacimientos arqueológicos, debe preguntar y ser informado de tal eventualidad por los técnicos municipales de urbanismo y por el propio concejal delegado del área, Mariano Fernández, igual que se le informará de las alturas que puede construir, del tipo de fachada que debe colocar o de otras exigencias normativas que afecten a la construcción que se pretenda erigir.

La Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León contempla que para cualquier actuación sobre yacimientos arqueológicos protegidos debe reunirse la Comisión de Patrimonio de la Delegación de la Junta, quien dictaminará la realización de unas catas arqueológicas o directamente el encargo a la empresa constructora del contrato de los servicios de un arqueólogo profesional para la realización de una excavación sistemática, siempre previa al inicio de cualquier obra.

Castro Coviacense
Uno de estos yacimientos protegidos en el PGOU se denomina “Castro Coviacense” y engloba, para entendernos, todo lo que es el castillo, el Jardín de los Patos, el complejo de los Agustinos, y varias calles con sus correspondientes viviendas y solares, estando sus límites marcados por la avenida de Asturias, la calle de La Victoria, la plaza de Santa María y la calle de San Agustín, hasta el Cubarro.

Conocido era que, desde hace varios años, una constructora coyantina había adquirido el solar delimitado por las calles Pérez Galdós y Barrionuevo, haciendo frente con la plaza Santo Domingo y el edificio de los Agustinos. Solar que había sido cedido temporalmente como aparcamiento público pero que, tarde o temprano, sería edificado, puesto que el Ayuntamiento no puso interés en adquirirlo, como hubiese sido lo lógico por su utilidad pública en pleno centro de la localidad.

A principios de este año la constructora solicitó las licencias de construcción y tanto el Ayuntamiento como la Junta de Castilla y León se las otorgaron sin poner más requisitos que ciertos elementos estéticos de la fachada. Se saltaron la propia norma que ellos mismos habían aprobado: autorizaron la destrucción del yacimiento.

Ante el inminente inicio de las obras, pero con anterioridad a ellas (1 de julio), me vi en la obligación de solicitar la preservación del yacimiento arqueológico ante la propia Junta de Castilla y León. Mi obligación era doble: la primera como profesional historiador (aunque ningún beneficio económico obtengo de ello y sí perjuicios personales por enemistades) y la segunda como coyantino, amante y defensor de todo lo que tenga que ver con nuestro patrimonio histórico, artístico y cultural.

No recibí respuesta alguna a mi escrito y, sorprendentemente, las obras dieron inicio el 8 de julio, comenzando la destrucción de los estratos superficiales del yacimiento. ¿Qué hacer? Mis experiencias pasadas demostraban lo fallido que era continuar por la vía administrativa, así que lo que hice, sencillamente, fue un llamamiento a los medios de comunicación. Nada más efectivo. Cuando las radios y los diarios difundieron la ilegalidad que se estaba cometiendo y el atentado contra nuestro patrimonio, la Junta y el Ayuntamiento tuvieron que dar marcha atrás, paralizaron la obra y exigieron la realización de las excavaciones.

El origen de nuestra ciudad
¿Por qué es importante dicho solar? Por múltiples razones. El propio nombre de la plaza donde se encuentra (y como se quiere bautizar al edificio), Santo Domingo, indica que junto a allí se encontraba el antiguo convento de Santo Domingo de Guzmán, edificio que donara el infante Juan de Castilla a los Dominicos a comienzos del siglo XIV. Pero nos podemos retrotraer mucho más atrás para conocer los distintos asentamientos que hubo sobre dicho lugar.

En 1206 se documenta una mota en Valencia. Una
mota consistía, grosso modo, en un recinto fortificado (empalizada) en cuyo centro se situaba una torre vigía. La población y fortificación de Coyanza había sido ordenada por el rey Fernando II a mediados del siglo XII. Por las características del yacimiento, el centro del mismo se sitúa justo en este solar, y cabe la posibilidad que la torre de dicha mota se situase aquí. La elevación de la zona podría ser un indicio de ello.

En frente se situaba la desaparecida parroquia de Santa María, la principal iglesia de la localidad, la más rica, la más importante. Bajo sus soportales se reunía el concejo coyantino, ayuntado al tañido de las campanas, antes de que existiesen las casas consistoriales. Documentada desde el siglo X, es posible que, por su situación dentro de la muralla, esta iglesia fuese el lugar que albergase el
Concilio de Coyanza en el año 1055. Todo eso sucedió a tan sólo unos metros de este solar.

Seguimos hacia atrás y encontramos asedios e invasiones, las razias árabes (Almanzor, ca. 988) y antes por los godos ante los cuales el
Castrum Coviacense, que da nombre al yacimiento arqueológico, resiste en el año 457. En aquel momento estamos a caballo entre la romanización tardía y la época visigoda, pero es segura la ocupación en los periodos romano, segunda Edad del Hierro, primera Edad del Hierro y la Edad del Bronce Final, lo que nos podría llevar hasta el año 1200 antes de Cristo.

Estamos pues ante el lugar arqueológicamente más importante de Valencia de Don Juan, el mismo origen de nuestra ciudad. Si hay una zona donde podemos recuperar testimonios de nuestro pasado, este es el sitio. Nuestro Ayuntamiento debería haber sido el primer interesado en el estudio este solar, habiendo prevenido de antemano al constructor para que, de común acuerdo, se realizasen las obligatorias excavaciones arqueológicas en años anteriores.

Lamento que no haya sido así. Lamento que, nuevamente, a nuestros responsables municipales no les haya interesado lo más mínimo nuestro pasado (esta vez incluso pretendiendo saltarse sus propias normativas). Lamento los perjuicios económicos para la constructora, pero ésta tiene el deber de conocer el PGOU o exigir que las autoridades le advirtieran de este factor.

Quiero dejar claro que nada me mueve contra la constructora, y la prueba más evidente es que cuando denuncié la destrucción del yacimiento de
“La Muela” la implicada era otra empresa, foránea en aquel caso. Sin embargo, considero que por encima de los intereses particulares debe prevalecer el interés general: los coyantinos tenemos derecho a conocer nuestro pasado, a rescatar y estudiar los objetos que utilizaron nuestros antepasados y, sobre todo, tenemos el deber de evitar la destrucción de nuestros yacimientos arqueológicos pues su pérdida sería irreversible.

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